¿Quieres cancelar tu deuda?
¿No puedes asumir la deuda? Eliminamos tus deudas mediante un Concurso para persona física ante el Juzgado de lo Mercantil.
¿Qué procedimiento sigue la Ley de Segunda Oportunidad?
Con la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad en el año 2022, Europa obligó a España a aplicarla con un nuevo procedimiento.
El proceso se simplifica, ya no es necesario enfrentarse a trámites notariales ni a negociaciones extrajudiciales complicadas.
Basta con presentar un escrito firmado por abogado y procurador al Juzgado de lo Mercantil correspondiente, junto con la documentación requerida por la ley.
Desde el Lex Solutio, te ayudamos en todo este camino, te acompañamos en cada paso, ayudándote en la recopilación de los documentos necesarios. Desde antecedentes penales hasta detalles sobre tu patrimonio y explicaciones sobre el origen de tus deudas, nos aseguramos de que cumplas con todos los requisitos para acceder a esa nueva vida económica.
Una vez presentada la solicitud y toda la documentación pertinente, el juzgado emitirá una resolución que te declara en concurso de acreedores, el primer paso hacia la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Esta situación se comunica a tus acreedores y se hace pública en los registros correspondientes.
El siguiente paso depende de tu situación patrimonial. Si no posees bienes, puedes optar por la eliminación total de las deudas exonerables, salvo algunas excepciones legales. En caso de poseer bienes, como la vivienda habitual, diseñaremos una estrategia que te permita conservarlos mientras se establece un plan de pagos adecuado.
Al finalizar el proceso, el Juzgado acuerda la exoneración del pasivo insatisfecho, liberándote de las deudas pendientes, incluso aquellas no comunicadas anteriormente. Además, se ordena a los acreedores eliminar tus datos de los registros de morosos, permitiéndote volver a acceder al crédito y recuperar tu estabilidad financiera.
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