QUÉ PASA SI TENGO DEUDAS Y NADA A MI NOMBRE: CONSECUENCIAS Y SOLUCIONES LEGALES

Cuando una persona acumula deudas que no puede pagar, es habitual que surja una preocupación: ¿podrán embargarme si no tengo bienes ni ingresos a mi nombre? La incertidumbre ante un posible embargo o la imposibilidad de acceder a un préstamo es una situación muy frecuente. En este artículo te explicamos qué sucede en estos casos, qué consecuencias puede haber a medio y largo plazo y qué soluciones legales existen para salir de esta situación.

10/10/20253 min read

man writing on paper
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¿Pueden embargarme si no tengo bienes o ingresos?
El embargo es un procedimiento legal que permite a los acreedores recuperar el dinero que se les debe a través de los bienes o rentas del deudor.
Sin embargo, si no tienes nada a tu nombre —es decir, no posees vivienda, vehículo, cuentas con saldo o ingresos regulares—, en ese momento no existe nada sobre lo que se pueda ejecutar el embargo.

Esto no significa que la deuda desaparezca, sino que queda “en pausa” hasta que tu situación económica mejore. En cuanto obtengas ingresos, un empleo o adquieras algún bien, el acreedor podrá solicitar la ejecución del embargo.

Mientras tanto, la deuda seguirá generando consecuencias importantes:

  • Se acumulan intereses y posibles costas judiciales.

  • Tu nombre puede aparecer en registros de morosidad como ASNEF o RAI.

  • Será muy difícil que una entidad financiera te conceda un préstamo, tarjeta o hipoteca.

¿Qué parte de mi sueldo pueden embargar si empiezo a trabajar?
Si en el futuro encuentras empleo, el embargo podrá aplicarse sobre tu salario, respetando siempre los límites que marca la ley.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable, y solo a partir de esa cantidad se aplican los siguientes porcentajes:

  • 30% sobre el tramo entre 1 y 2 veces el SMI.

  • 50% entre 2 y 3 veces el SMI.

  • 60% entre 3 y 4 veces el SMI.

  • 75% entre 4 y 5 veces el SMI.

  • 90% sobre la cantidad que supere 5 veces el SMI.

Por ejemplo, si el SMI es de 1.080 € y tu nómina asciende a 1.500 €, solo podrán embargarte 126 € mensuales (el 30% de la diferencia).

Casos especiales de embargo
Hay determinadas situaciones en las que la protección del SMI no se aplica totalmente:

  • Pensiones de alimentos: el juez puede autorizar el embargo incluso sobre parte del SMI.

  • Prestación por desempleo: la parte que exceda del SMI también puede embargarse.

  • Indemnización por despido: es embargable, salvo los conceptos considerados salario, que mantienen los límites anteriores.

¿Y si tengo un avalista?
Si el préstamo fue solicitado con un avalista, la entidad puede reclamar la deuda directamente a esa persona en caso de impago.
El avalista responde solidariamente, lo que significa que sus bienes, salario y cuentas sí pueden ser embargados, incluso aunque tú no tengas nada a tu nombre. Por ello, es fundamental tener en cuenta este riesgo antes de dejar de pagar un crédito con aval.

Consecuencias de vivir con deudas sin bienes embargables
Aunque parezca que “no tener nada” te protege, vivir con deudas acumuladas conlleva importantes efectos negativos:

  • Aumento de intereses y gastos judiciales.

  • Daño a la reputación financiera.

  • Dificultad para acceder a créditos o hipotecas.

  • Estrés y presión constante por parte de los acreedores.

  • Posible embargo futuro en cuanto mejores tu situación económica.

La solución: la Ley de Segunda Oportunidad
Si realmente no puedes pagar tus deudas y careces de bienes, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser la mejor alternativa.
Este procedimiento legal permite:

  • Declarar judicialmente tu insolvencia.

  • Negociar un plan de pagos o una reducción de la deuda.

  • E incluso obtener la cancelación total de tus deudas si cumples los requisitos.

Está diseñada precisamente para casos de personas sin patrimonio, ofreciendo una verdadera oportunidad para empezar de nuevo sin el peso de las deudas.

Ventajas principales

  • Eliminación definitiva de las deudas impagables.

  • Liberación de embargos presentes y futuros.

  • Salida de los ficheros de morosos.

  • Recuperación de la estabilidad y tranquilidad económica.

Conclusión
Si no tienes bienes ni ingresos, no podrán embargarte ahora, pero la deuda seguirá existiendo y podrá ejecutarse más adelante.
La mejor estrategia no es esperar, sino actuar de forma proactiva. En Lex Solutio te ayudamos a acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, gestionando todo el proceso para que puedas cancelar tus deudas y recuperar la tranquilidad que mereces.
Contacta con nosotros en info@lexsolutio.es y te informaremos sin compromiso sobre cómo iniciar tu procedimiento.